jueves, 16 de mayo de 2013

Apuntes sobre la ley 779: derribando los mitos y aclarando las verdades


Danny Ramírez Ayérdiz[1]

El mes de junio del año pasado, mes en que entró en vigencia le Ley 779 “Ley Integral contra la violencia hacia las mujeres y de reformas a la Ley No. 641 “Código Penal”” (en adelante “la ley 779” o “la ley integral”), marcó el inicio de una agitada y muy variada serie de reacciones sobre la justicia, pertinencia, constitucionalidad y eficacia de ella, reacciones que no hacen difícil augurar a corto plazo, el peligro que corre su objetivo de tutelar la integridad plena de las mujeres, si los detractores –algunos informados y otros que tristemente repiten lo que dicen los informados- logran la reforma sustancial que le reste eficacia o, en el peor de los casos, la lamentable -y muy comprometedora para el Estado- derogación de la ley integral.

Detractores, partidarios y desinformación

Se ha visto, en los últimos días a airados detractores y enardecidos partidarios de la ley 779, defender “a capa y espada” sus argumentos, la mayoría en contra, ilustrados estos en la emblemática e incisiva opinión del obispo de Estelí en la que ha afirmado que la ley integral representa la encarnación moderna de la mítica marca de la bestia –comparación que dice mucho sobre el compromiso de la Iglesia con los derechos humanos de las mujeres-.

La ley 779, tan liberadora para sus adeptas y sacrílega para sus censuradores, no es cualquier ley, pues en ella se establecen mecanismos que con claridad amenazan con moverle el piso y cambiar de lugar las entrañas del sistema patriarcal, tan acostumbrado a la subordinación infrahumana en todos los ámbitos y etapas de la vida –y hasta de la muerte- de las mujeres.

Para muchos, la ley es el fin de la igualdad entre hombres y mujeres. Para otros, apenas con ella se empieza ha avanzar, con pasos de bebé prematuro esperanzado, y a lograr el tan anhelado ideal de igualdad género-género. Lo cierto es, que la población está nerviosa al no saber qué posición tomar ante una ley 779 que sigue siendo criticada y que, estoy tan seguro, que ocho de cada diez de sus críticos apenas han leído la ley, mínimo de lectores que favorece a un sistema que prepara a las masas a la condena perpetua de la desinformación y a acceder a unas cuantas migajas tergiversadas de la poca buena información que se logra filtrar.

Los miedos, los mitos y las verdades

El miedo parece estar ocupando un buen lugar en la mente de los hombres ante la incertidumbre de una ley que ha sido calificada de draconiana y exagerada. Un miedo para aquellos acostumbrados –la gran mayoría de los hombres- a maltratar a las mujeres y ese es el verdadero argumento detrás de tantas mentiras y señalamientos sobre la ley. No es fácil bajarse del pedestal y tampoco es fácil perder el poder que los estereotipos y los roles sociales le han asignado a los hombres para regir y decidir los destinos de nuestras mujeres. Y con mucha razón, esta merma de derechos, que deberían estar en manos de sus titulares femeninas, es argumentada con un “en esta ley se le da más derechos a las mujeres”. Tan falso y atrevido como el patriarcado. No hay más derechos para ellas, solo más mecanismos para que puedan ejercer, en condiciones de libertad, todos aquellos derechos que el hombre le ha robado y coartado por siglos y que están establecidos en el artículo 7 de la ley: vivir sin violencia, derecho a la salud y la educación, derecho a la libertad, a la seguridad personal e intimidad… son los mismos que los de ellos, solo que ellas ahora cuentan con mecanismos –al menos escritos- para exigir que se cumplan.

“La ley 779 es inconstitucional porque quebranta el principio de igualdad constitucional…”

Antes que nada, hay que reconocer que las mujeres, por el bochornoso fenómeno de la violencia de género, son parte de un grupo social en estado permanente de vulnerabilidad, condición que las limita en el ejercicio efectivo de derechos y garantías y que las ubica en un plano de desigualdad, exclusión y, por consiguiente, de discriminación con relación a los hombres. Ante un grupo vulnerable, la reacción natural del Estado es garantizar su protección integral para alejarlo de los efectos de la discriminación y permitirle elevarlo a la condición de igualdad con el resto de grupos sociales.

Así las cosas, si partimos de que son las mujeres las que mueren en manos de los hombres y no ellos en manos de aquéllas, es obvio que la pretendida igualdad que alegan quebrantada los hombres detractores de la ley, ni siquiera alcanza para proteger, ni en lo más elemental, a las mujeres. Por tanto, tiene sentido que el Estado emita una ley especial –ley 779- para frenar esa inequidad, esa desigualdad que claramente expone a la mujer al peligro constante de perder su vida.

No es la primera vez que el Estado protege a un grupo vulnerable mediante una ley especial; para ejemplificar basta mencionar, las leyes que protegen a los adultos mayores, a los pueblos indígenas, a las personas que conviven con VIH-SIDA, a las familias numerosas, a la niñez y la adolescencia… la pregunta es ¿somos discriminados los que no pertenecemos a estos grupos toda vez que el Estado les otorga protección especial ante la discriminación? ¡De ninguna manera! Por el contrario, cada ley que protege a un grupo vulnerable, acerca cada vez más al Estado al cumplimiento de la noción de igualdad que establece el artículo 27 constitucional, noción que es una aspiración legal que no se completa con estar en un texto y que exige del Estado la consumación de acciones concretas para darle cumplimiento, entre estas acciones podemos contar a la ley integral, que protege a las mujeres de la discriminación y la violencia.


“Si hay una ley para las mujeres ¿Por qué no hay leyes para los hombres?”

Otro de los argumentos de los detractores, es que hay discriminación si existe una ley para las mujeres, por qué no la hay para los hombres. Sencillo: en las relaciones desiguales de poder, en virtud de la violencia ejercida con base en los roles del género, no es la mujer la que saca la mejor ganancia, ella saca su muerte, en el peor de los casos y el hombre, impunidad. La ley no protege a la mujer arbitrariamente. La razón es que en la relación de género, ella es la afectada y quien, domésticamente, sufre de violencia. No hay leyes especiales de género para los hombres, ni comisarías de los hombres, porque ellos ni son los que sufren en el círculo de la violencia, ni tampoco, por “hombría”, deciden denunciar a sus parejas o cónyuges femeninos que ejercen violencia sobre ellos.

La ley 779 destruye a la familia

Parece que en la mentalidad de muchos, aún ronda la noción arcaica de que las uniones maritales son para toda la vida, pase lo que pase, con violencia familiar ser tolerada en virtud de la integridad y carácter inquebrantable de la sagrada unión familiar y ante esta “amenaza”, se acusa a la ley de destruir a este espécimen de familia. El retiro del esposo o compañero, no significa la ruptura de la familia. Es también familia, la dirigida por la jefatura femenina, sin la compañía del elemento masculino. Estas voces que pregonan este argumento, lo hacen para postergar un modelo de familia dañino y que obliga a la mujer a vivir bajo el mandato arbitrario del hombre por sus hijos, por la familia, por tantas razones y que a la vez, se la pretende señalar de ser culpable de dañar lo más sagrado en la sociedad si denuncia al esposo o compañero violento.

“La ley ha provocado que los hombres reaccionen “inadecuadamente” y aumente la violencia contra las mujeres”

En este punto del análisis, de algo que debemos estar claros y claras, es que si la violencia ha aumentado, no es ni por culpa de la ley integral, ni de las mujeres, si no de un Estado con instituciones reacias a darle firme ejecución a la ley y con funcionarios y funcionarias aún no sensibles ante la problemática que diezma con decenas de muertes femeninas anualmente y que han malinterpretado el sentido y el alcance de sus disposiciones.

En algún caso se ha constatado que autoridades policiales y judiciales, han utilizado a ley 779 para “ensañarse” contra los hombres. Claro es que en todo caso, no es problema en sí de la ley integral, si no de un desinterés del Estado en activar mecanismos que verifiquen la certeza de los hechos que se denuncian y que una vez más demuestran la eficacia de los sistemas de investigación de la policía y la fiscalía. Las arbitrariedades policiales o judiciales, no suceden desde la existencia de la ley intgral, es muy anterior y, por tanto, la cuestión no está en que la ley sea excesiva o exagerada, si no en la mentalidad represiva y autoritarias muy innatas a nuestras autoridades punitivas, mentalidad que viene ligada a un fenómeno institucional más amplio vinculado con la situación política y las condiciones de legitimidad que se viven y se ejerce el poder en el actual gobierno y en el resto de poderes del Estado.

El problema no es la ley integral, no son las mujeres. El problema es la falta de voluntad política del Estado de hablarle claro al pueblo sobre este tipo de leyes que implican en sí un cambio radical del sistema social y que por esta actitud, una vez más una buena ley puede convertirse en un mal intento, un intento frustrado de hacer justicia


[1] Docente investigador del Instituto Centroamericano de Estudios Jurídicos y Políticos adscrito a la Escuela de Derecho de la Universidad Politécnica de Nicaragua. Es profesor de la asignatura de Derechos Humanos y  Género en la misma universidad. Ha concentrado su labor académica al estudio de los derechos humanos.  

RED MANAGUA SESIONA EN MAYO 2013.



PROCESO DE FORMACIÓN EN JUSTICIA TRIBUTARIA CONTINUA DESARROLLANDOCE EN 13 REDES TERRITORIALES A NIVEL NACIONAL.


El proyecto Hacia la Equidad y Justicia Tributaria que ejecuta la Coordinadora Civil, El Centro de Estudios para la Gobernabilidad y la Democracia, el Instituto de Investigación en Políticas públicas, con auspicio de la Unión Europea y Christian Aid, continúa brindando procesos de formación orientados a diversos sectores de la sociedad Nicaragüense.

Iván Contreras coordinador del proyecto en la Red Territorial de Managua informo que estos se han desarrollado de manera exitosa y que actualmente están brindándose a Estudiantes de secundaria, organizaciones de sociedad Civil y organizaciones Juveniles como Nicaragua 2.0 y el Movimiento Juvenil Nicaragüita.

Para la Directora del Colegio del distrito IV de Managua Boanerges Aragón Maritza Sandoval que las Organizaciones sociales estén capacitando a los estudiantes en temas tan importante como la justicia tributaria viene a fortalecer la creación de pensamiento crítico, y a darle herramientas a los jóvenes sobre la economía nacional, expreso al mismo tiempo que en su colegio se han capacitado a los 3 quintos años de secundaria.

A nivel nacional se han desarrollado más de 100 encuentros de reflexión y formación sobre la propuesta de la coordinadora civil en materia de justicia tributaria y la nueva aplicación de la recién aprobada ley de concertación tributaria.

Para este sábado 18 de Mayo la Red territorial Managua de la Coordinadora Civil sostendrá un encuentro de formación con jóvenes de varias expresiones de sociedad civil.

NP-CJAL-16-0513